LA FUNDACIÓN DE CELENDÍN Y LA CONSTRUCCIÓN DE LA CASA DEL
CABILDO
Escribe: Wilder A. Sánchez Sánchez
En los últimos meses del 2024 se
conoció la decisión que tomó la actual gestión de la Municialidad Provincial de
Celendín de demoler el edificio principal o Palacio Municipal, con frontis a la
Plaza de Armas. Esta decisión originó preocupación por cuanto el edificio en
mención ha estado ligado a la fundación de Celendín y tenía una larga historia.
En los primeros meses del 2025 el Palacio Municipal fue totalmente demolido y
después comenzó a edificarse otro, que ha sido inaugurado el 21 de mayo.
En este artículo se vuelve a hacer
recuento histórico de la formación o fundación de Celendín como centro poblado
urbano, así como de la construcción de lo que se llamó Casa del Cabildo y que
tuvo que ver con el otorgamiento del Título de Villa que recibió Celendín. Entonces, es pertinente hacer las siguientes
interrogantes: ¿Cuáles fueron los acontecimientos históricos que precedieron a
la formación de Celendín como centro poblado urbano o ciudad?; ¿cuándo se fundó
Celendín?; ¿cuándo se construyó la Casa del Cabildo o Ayuntamiento y que
después se llamó Palacio Municipal? Para
dar respuesta a estas y otras preguntas, no en base a la imaginación sino
recurriendo a documentos históricos, se presentan a continuación las siguientes
cronologías, a fin de facilitar la comprensión de los lectores:
ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA
FUNDACIÓN DE CELENDÍN:
·
23
de junio de 1785. Siguiendo el consejo que les había dado el Obispo de
Truxillo, Balthazar Jayme Martínez Compañón, los residentes de ascendencia
española de la Hacienda de la Pura y Limpia Concepción de Zelendín inician
trámites para comprarla: otorgan un Poder a dos vecinos de la ciudad de Trujillo
para que los representen ante el Obispado.
·
1
de diciembre de 1785. Don Diego Vásquez de Ganoza presenta ante el Obispado de
Trujillo, en nombre de sus representados, la postura formal para la compra al
contado de la hacienda, pide que se deslinde y que se tase.
·
1
de diciembre de 1785. El Obispo Martínez Compañón da por admitida la postura,
decreta que se haga el deslinde y tasación de la Hacienda de Zelendín y sus
anexas de Llanguate, Santa Catharina y Sisnalla, y nombra como Juez Comisionado
para esta causa al Cura y Vicario Miguel Antonio de Iglesia y Merino.
·
24
de enero de 1786 al 6 de febrero de 1786. El juez Miguel Antonio de Iglesia y
Merino realiza las diligencias de deslinde de la Hacienda de Zelendín y sus
anexas. Los tasadores Narsiso Arias y Benito Arvildo las valorizan en 18,440
pesos.
·
9
de febrero de 1786. Don Miguel Antonio de Iglesia y Merino da por concluidos
los autos de deslinde y tasación de las haciendas, y mediante un Auto cita a
las partes para el remate a realizarse en la ciudad de Truxillo.
·
8
de julio de 1791. Se realiza el acto judicial de remate en la ciudad de
Truxillo, en audiencia pública, en el Juzgado de don José Cleto Gamboa, Vicario
General del Obispado de Trujillo. La buena pro la obtiene el Apoderado de los
moradores de la Hacienda de Zelendín, don Estanislao Fernández, quien ofrece la
suma de 14,010 pesos.
·
6
de julio de 1793. El cura de la Doctrina de Celendín, don José Cavello,
deposita en dicho Juzgado de Truxilllo la suma de 8,000 pesos como anticipo,
pide una moratoria o prórroga de 6 meses para que los interesados reúnan los
6,010 pesos faltantes y solicita que se les dé a éstos la posesión legal de las
haciendas que se remataron, a fin de que pueda empezarse a construir la
población urbana y los individuos puedan edificar con seguridad sus casas.
·
12
de julio de 1793. El Vicario Capitular del Juzgado Superior Eclesiástico del
Obispado de Truxillo, Juan Ignacio de Gornichategui, acepta la petición del
sacerdote Cavello y dispone que el Vicario de la Villa de Caxamarca, Miguel
Antonio de Yglesia y Merino, dé a los moradores de la hacienda de Zelendín la
posesión legal de ésta y sus anexas.
·
27
de julio de 1793. Desde Caxamarca, el Vicario Yglesia y Merino subdelega esta
comisión al Presbítero Manuel Thomas de Quevedo y Garro, quien se encuentra en
Sorochuco.
·
3
de setiembre de 1793. Manuel Thomas de Quevedo y Garro recibe en Sorochuco los
autos y obedece la comisión ordenada por Yglesia y Merino.
·
6
de setiembre de 1793. El Presbítero Manuel Thomas de Quevedo y Garro realiza la
DILIGENCIA DE POSESIÓN y pone a los compradores en posesión de las Haciendas de
Zelendín, Llanguat (o Llanguate) y Sisnalla.
[Así pues, esta fecha no es la de la fundación de Celendín urbano, como
equivocadamente han señalado algunos, sino la fecha en que a los moradores de
descendencia española y portuguesa de la Hacienda de Zelendín se les dio
oficialmente la posesión de ésta y sus anexas].
FUNDACIÓN
DE CELENDÍN Y CRONOLOGÍA DE SU CONDICIÓN DE VILLA:
·
5
de mayo de 1796: FUNDACIÓN DE CELENDÍN. Después de una misa de campaña y de la
bendición del lugar, el geómetra José Comezana inicia el trazado de las calles
y manzanas del pueblo de Celendín. (Fuente: Pelayo Montoya Sánchez). [Ésta
sería entonces la fecha de la FUNDACIÓN DE CELENDÍN como centro poblado urbano].
·
Mayo
de 1796. José Comezana traza 78 manzanas
(quadras) de 100 varas por lado; en
la quadra 15 queda el templo de la Virgen de la Concepción, la quadra 33 se
reserva para la edificación del nuevo templo, la quadra 34 queda totalmente
libre para la plaza de la nueva localidad urbana y en la quadra 35 se reservan
solares para la Casa del Cabildo y para la cárcel (Fuente: manuscrito
histórico).
·
19
de octubre de 1796. Balthazar Jayme Martínez Compañón y Bujanda, que ya no es Obispo
de Truxillo sino Arzobispo de Santafé de Bogotá (Virreynato de Nueva Granada),
escribe una carta al Rey de España, adjuntando un voluminoso expediente de todo
lo actuado para el establecimiento de la nueva Población llamada Amalia de
Zelendín. Solicita que apruebe la creación de la Población y que le otorgue el
título de Ciudad o, al menos, el de Villa, teniendo en cuenta los gastos y
fatigas de los vecinos de la nueva Población. También adjunta una carta del
Alcalde y del Procurador de la nueva Población, en la que éstos solicitan al
Rey que le conceda el Título de Ciudad “en
atención a que su vecindario se (compone)
de más de seis mil españoles, y entre ellos muchos de esplendor”.
·
18
de setiembre de 1802. En la nueva Población Amalia de Zelendín, el Capitán de
Dragones Montados don Juan de Burga, estando como Procurador General del Vecindario
el Subteniente de Milicias don José Frontón Chacón, realiza el empadronamiento
general de los flamantes pobladores urbanos celendinos y de sus respectivos
solares urbanos y rurales, donde constan las Reparticiones hechas [que
constituye, en la práctica el primer Catastro Urbano y Rural de Celendín]. En
el Listado General figuran los nombres de más de 400 propietarios de “solares
de casa” o jefes de familia.
·
6
de octubre de 1802. El Consejo de Cámara de Yndias del Reyno de España, la
Contaduría General y el Fiscal emiten un dictamen favorable sobre la población
Amalia de Zelendín.
·
19
de diciembre de 1802. El Rey Carlos IV emite una REAL CÉDULA en la que APRUEBA
la creación de la nueva Población de Zelendín, exenta de la jurisdicción de
Caxamarca y sujeta privativamente a la de la Intendencia de Truxillo; otorga a
Zelendín el Título de VILLA, dispone que su Ayuntamiento o Cabildo se
constituya con dos Alcaldes Ordinarios y seis Regidores y autoriza la
realización de dos Ferias anuales: el 25 de agosto y el 4 de noviembre. Las condiciones para que Zelendín entre en
posesión del título de Villa son: 1) debe estar concluida y dotada la nueva
Población urbana, 2) contar con una Escuela de Primeras Letras y 3) tener una
Casa del Cabildo. (Los cabildos o
ayuntamientos fueron instituciones creadas por el Imperio Español para la
administración de las villas y ciudades).
·
Fragmento
de la parte resolutiva de la Real Cédula de Carlos IV: “Ygualmente, he venido en aprovar la nueva Población de Zelendin y el
haber aclamado su vecindario por Patrona a Nuestra Señora del Carmen, y en
atención al servicio que han hecho sus vecinos comprando territorio y
edificando casas sin auxilio alguno del Real Erario, he resuelto se expida a la
dicha nueba Población el Titulo de Villa, exenta de la jurisdicción de la de
Caxamarca y sujeta privativamente a la de los Yntendentes de Truxillo, y sus
subdelegados en aquel Partido, señalandole las armas que pidiese el vecindario
y dandome quenta para mi Real aprovacion en conformidad a lo que previene la
Ley primera, titulo ocho, libro quarto de las Yndias. Que su Ayuntamiento se
componga a lo mas de seis Regidores, dos Alcaldes ordinarios, un Procurador
Sindico, y un Escribano, conforme a las leyes primera y segunda, titulo dies
del mismo libro, eligiendo por la primera vez los vecinos con arreglo a la
siguiente Ley tercera a los Regidores y estos a los Alcaldes, y Procurador
Anualmente …” (Cita
textual de la Real Cédula del 19 de diciembre de 1802, tal como fue publicada
en el libro de Horacio Villanueva Urteaga: Cajamarca,
Apuntes para su Historia. Cusco, 1975, p. 119).
·
30
de junio de 1803. La Real Cédula del Rey Carlos IV llega a Lima y el Virrey
Gabriel de Avilés y del Fierro ordena que se ejecute, que se saque copia
certificada y que se remita al Yntendente de Truxillo para que la haga conocer
a los representantes de las poblaciones de Caxamarca y Zelendin.
·
19
de noviembre de 1803. El Virrey Avilés emite un Decreto mediante el cual remite
el expediente al Gobernador Yntendente de Truxillo, y le ordena que informe [si
la población Amalia de Zelendín ya reúne los requisitos señalados en la Real
Cédula: escuela de primeras letras y Casa para el Ayuntamiento o Cabildo].
·
10
de diciembre de 1803. El Gobernador Yntendente de Truxillo ordena que se dé
cumplimiento al decreto del Virrey, que se saquen dos testimonios íntegros del
expediente y que el Fiscal viaje a la Villa de Caxamarca y a la Población
Amalia de Zelendín con los respectivos oficios, después de lo cual debe emitir
una respuesta.
·
1804
a 1808. Todo indica que la Población de Zelendín todavía no estaba dotada ni
contaba con la escuela de primeras letras ni con la casa para que funcione el
Cabildo o Ayuntamiento, pues no hay informes o documentos en tal sentido.
CRONOLOGÍA DE LA CASA DEL AYUNTAMIENTO Y DE
LA POSESIÓN DEL TÍTULO DE VILLA:
·
7
de febrero de 1809. El nuevo Virrey del Perú, José Fernando de Abascal,
informado por inspección fiscal que ya está establecida la Escuela de Primeras
Letras, y teniendo en cuenta la obligación jurada de don Josef de Texada,
Síndico Procurador General de la Población Amalia de Zelendín, en el sentido de
que “será segura y efectiva la
construcción de la Casa de Ayuntamiento”, DECRETA que se ponga en EJECUCIÓN
la Real Cédula del 19 de diciembre de 1802 en todos sus términos. [De aquí se deduce que hasta el 7 de febrero
de 1809 – o hasta enero de ese año – todavía no se había construido la Casa del
Ayuntamiento, por lo que don Josef de Texada tuvo que firmar una declaración
jurada de que sería segura su edificación].
·
15
de marzo de 1809. El Virrey Abascal, mediante una Superior Orden remite el
Decreto al Yntendente de Truxillo.
·
14
de abril de 1809. El Gobernador Yntendente de Truxillo comunica el Decreto del
Virrey a don Joaquín Miguel de Arnaco, Subdelegado Juez Real y Teniente de
Capitán General del Partido de Caxamarca.
·
27
de abril de 1809. Don Joaquín Miguel de Arnaco dispone que se cumpla y se pase
al Teniente Coronel Raymundo Pereyra para que lo haga saber al Síndico
Procurador General de Zelendín, Josef de Texada.
·
2
de mayo de 1809. En la Villa Amalia de Celendín, el Teniente Coronel don
Raymundo Pereyra visita en su casa a don Josef Texada, Procurador General de la
Villa, y le hace conocer el decreto del Juez Real Subdelegado Joaquín Miguel de
Arnaco.
·
9
de mayo de 1809. Con el propósito de poner a Zelendín en posesión del Título de
Villa, de dirigir la conformación de su Cabildo y demás disposiciones de la
Real Cédula del 19 de diciembre de 1802, don Joaquín Miguel de Arnaco parte
desde Caxamarca rumbo a Zelendín, en compañía del Escribano Mayor de Cabildo de
la Villa de Caxamarca, don Manuel de Silva y Santisteban, quien da fe de la
salida de Caxamarca.
·
10
de mayo de 1809. El Subdelegado Juez Real Joaquín Miguel de Arnaco y el
Escribano de la Villa de Caxamarca Manuel de Silva y Santisteban llegan a eso
de las 7 y media de la noche a Zelendín.
·
12
de mayo de 1809. El Juez Joaquín Miguel
de Arnaco dispone que se notifique al Síndico Procurador General de Zelendin, Josef
de Texada, “que tenga lista y aseada para el día de mañana trece del corriente la
casa del Ayuntamiento” y que convoque al vecindario para que presencie la
posesión del título de Villa y las demás disposiciones contenidas en la Real
Cédula de Carlos IV; y también ordena lo siguiente: “Y para que llegue a noticia de todos se formara un escripto en que se
publique en forma de bando, y se fije en vna de las esquinas de la Plasa de
este lugar para que llegue a noticia de todos…”.
·
14
de mayo de 1809: SESIÓN SOLEMNE EN LA CASA DEL AYUNTAMIENTO. Don Joaquín Miguel de Arnaco, Subdelegado Juez
Real y Teniente de Capitán General preside la sesión. En la sala también se
encuentran: el Alcalde Dionicio Cortegana, quien ejerce interinamente este
cargo desde 1808; el Ayudante Mayor de Dragones de Milicias y Sindico
Procurador General de Celendin don José de Texada; el Teniente Coronel don
Raymundo Pereyra, los Capitanes Mariano de Burga y Juan Justo Segarra, los
Tenientes Bernardo Araujo y Cayetano Velasques, los Alfereces Juan de la Cruz
Silva, Bernardino Dias, José Fronton Chacón y José Miguel de Horna, y 24
vecinos particulares como Juan Pereyra, José Manuel de Burga, Benedicto Chacón,
Francisco Silva, etc.
El
Juez da inicio a la sesión. El Escribano Mayor de Cabildo de Caxamarca, Manuel
de Silva Santisteban, da lectura a la Real Cédula del 19 de diciembre de
1802. Enseguida, el Juez pone en
POSESIÓN a la Población de Celendin del TÍTULO DE VILLA, declara por Patrona y
Protectora del vecindario a la Virgen del Carmen y ordena que se fije por
Escudo de Armas el que ya está hecho. Después
exhorta a los vecinos celendinos a que procedan a elegir a los seis regidores,
conforme a lo dispuesto por el Rey. Para
Regidor Decano los celendinos asistentes eligen unánimemente a don Juan José
Pereyra; como segundo Regidor, al Teniente de Dragones Bernardo Araujo; como
tercero, al Alferes de Dragones José Miguel de Horna; como cuarto, al Alferes
de Dragones José Frontón Chacón; como quinto, al Alferes de Dragones Bernardino
Dias, y como sexto al Capitán Juan Justo Segarra. Acto seguido, don Joaquin Miguel de Arnaco les
hace saber los nombramientos que a cada uno les ha hecho el vecindario, y los
elegidos se pone de pie, aceptan sus cargos y juran.
·
15
de mayo de 1809: SESIÓN SOLEMNE EN LA CASA DEL CABILDO. Están reunidos en la
Sala Capitular de la Casa del Ayuntamiento el alcalde Dionisio Cortegana y los
seis regidores electos el día anterior, bajo la presidencia del Juez Joaquin
Miguel de Arnaco. Se realiza la sesión
solemne de elección de los dos Alcaldes Ordinarios y demás cargos faltantes, en
base a lo dispuesto por el Rey Carlos IV en la Cédula del 19 de diciembre de
1802. Los seis regidores eligen por
unanimidad como Alcalde de primer voto al Teniente Coronel don Raymundo Pereyra
y como Alcalde de segundo voto (en su ausencia) al Capitán don Juan de Burga;
como Sindico Procurador es ratificado con seis votos don Josef de Texada; don
Juan Dias Samora es electo como Portero, en tanto que don Rudesindo Roxas y don
Juan Bautista Rodrígues son electos como Maseros. Luego, don Joaquin Miguel de Arnaco toma
juramento a las personas electas y les da posesión de sus cargos; finalmente da
las gracias por los servicios prestados al anterior alcalde. [De este modo, Celendín entró en posesión
efectiva del título de Villa y su Cabildo se constituyó como lo había dispuesto
el Rey Carlos IV].
Plaza de Celendín, con vista de la fachada del edificio municipal. (Posiblemente así, con dos plantas en su parte central y una planta en la parte restante, se construyó en 1809, y así habría permanecido hasta inicios de los años 1920). (Foto del archivo de la familia Rodríguez Araujo, mejorada por Segundo Aliaga Chávez).
ALGUNAS CONCLUSIONES:
1. El centro poblado
urbano de Celendín se habría fundado el 5 de mayo de 1796, día en que se
realizó una misa de campaña y la bendición del lugar, y, acto seguido, se
inició el trazado de las calles y manzanas (quadras)
a cargo del especialista español José Comezana.
2. En el trazado del
centro urbano de Celendín el geómetra Comezana consideró un lote o solar, en la
manzana 35, para que allí se construyera la Casa del Cabildo o del
Ayuntamiento.
3. Los celendinos que
compraron la Hacienda de Zelendín y sus anexas de Llanguat y Sisnalla
comenzaron a edificar sus casas después de que concluyó el trazo urbano,
proceso que tuvo que durar algunos años.
4. El Arzobispo de
Santafé de Bogotá (Virreynato de Nueva Granada), don Baltazar Jaime Martínez
Compañón y Bujanda, fue quien remitió al Rey de España, en octubre de 1796, el
expediente de todo lo actuado para la fundación de la nueva Población Amalia de
Zelendín.
5. Mediante Real Cédula
del 19 de diciembre de 1802, el Rey Carlos IV aprobó la creación de la
Población Amalia de Zelendín y le otorgó el Título de Villa.
6. Durante los años 1803
– 1808, en los que el centro urbano de Celendín todavía no contaba con una
escuela de primeras letras y con una casa o edificio público para que funcione
el Cabildo o Ayuntamiento, las autoridades del Virreynato no le dieron posesión
del título de Villa.
7. La Casa del Cabildo o
del Ayuntamiento, llamada hoy Palacio Municipal, se construyó, al menos en una
primera etapa, entre febrero y abril de 1809, y más probablemente en el
transcurso de marzo y abril, pues a mediados de mayo de 1809 ya estaba
edificada y allí se hizo la ceremonia en la cual la Población Amalia de
Zelendín recibió la posesión efectiva del Título de Villa, y en dicho edificio
público se realizaron las sesiones solemnes en las que fueron elegidos los seis
regidores, primero, y los dos alcaldes, después. Fue, pues, un monumento con gran valor
histórico y que formó parte del patrimonio y de la identidad celendina.
Referencias.
MANUSCRITO
HISTORICO. Títulos de
MANUSCRITO HISTORICO. Cuaderno
primero de las Listas en General de todos los Nuevos Pobladores. Manuscrito con 93 folios (numerados) y 114
páginas, que contiene las Reparticiones de solares urbanos y rurales de los
pobladores de
VILLANUEVA URTEAGA,
Horacio. “La Fundación de Celendín”.
(En: Cajamarca.
Apuntes para su Historia. Cusco,
Editorial Garcilaso, 1975, pp. 117 – 132).
Celendín, 31 de mayo
de 2026
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